Por: Mabel Salinas *Con información de Norma Mendoza Alexandry Febrero / 2011 El Senado de la República ya aprobó en Comisiones una reforma constitucional en materia de derechos humanos, en la cual se pretende proteger el derecho a la preferencia sexual. De forma sigilosa, con poca cobertura de los medios y con una página de Internet mal actualizada sobre el quehacer parlamentario, se ha trabajado esta ley que abre la puerta para que en México se cometan diversos tipos de crímenes e injusticias. El Senado de la República ya aprobó en Comisiones una reforma constitucional en materia de derechos humanos, en la cual se pretende proteger el derecho a la preferencia sexual, término que no ha sido definido ni por la legislación nacional ni la internacional. De forma sigilosa, con poca cobertura de los medios y con una página de Internet mal actualizada sobre el quehacer parlamentario, se ha trabajado esta ley que abre la puerta para que en México se cometan diversos tipos de crímenes e injusticias. Estas modificaciones que se pretenden hacer a la Carta Magna ya fueron aceptadas por senadores de todos los colores tras sostener una reunión con diputados federales, con quienes trabajaron para acelerar el dictamen de la reforma. La pregunta que surge es ¿por qué el interés en que esta iniciativa arribe a la tribuna del Senado de forma silenciosa y veloz? ¿Están fraguando un nuevo "madruguete", como el que aplicaron con la ley de "matrimonios" homosexuales en el Distrito Federal? Este actuar no sorprende si tomamos en cuenta que uno de los impulsores de la reforma a la ley de derechos humanos es el senador perredista Pablo Gómez. El interés de los legisladores es presentar el dictamen en tribuna en la próxima sesión ordinaria del martes 22 de febrero para que sea votada el jueves 24, y que posteriormente se turne a los estados para su aprobación. De ahí que la medida sea más expansiva que en el caso de los "matrimonios" homosexuales, pues pretende legislarse a nivel federal y no local. La reforma también propone que se traslade la facultad de investigación de las violaciones a derechos humanos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) cuando los casos sean de gravedad. E, igualmente, busca reconocer explícitamente todos los tratados internacionales que han sido firmados por México, como la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre o la Declaración Universal de Derechos Humanos, entre otros. LOS "PEROS" De acuerdo a la especialista en asuntos internacionales sobre Derecho Familiar y M. en Derecho y Género, Norma Mendoza Alexandry, "la expresión 'preferencia sexual', que es utilizada con el pretexto de evitar la discriminación, es inexistente en todos los tratados internacionales y documentación de conferencias internacionales". Además, "la expresión 'orientación sexual', que tiene un contenido menos amplio que la anterior, ha sido repetidamente rechazada en negociaciones finales de documentos en la Organización de las Naciones Unidas". Por si fuera poco, considera que el término de "preferencia sexual" "incluye una interpretación más amplia que la de 'orientación sexual' e internacionalmente es reconocido para incluir la pedofilia". Ana Carmen Marcuello, especialista en Bioética, explica la "orientación sexual" de la siguiente forma en "Sexo, género, identidad sexual y sus patologías": "el sexo, la identidad sexual, está determinada biológicamente de forma muy clara (…), de manera que podríamos decir que constituye 'lo dado', lo no elegible. "Sin embargo la orientación sexual y la conducta sexual (heterosexualidad, bisexualidad, homosexualidad...), aún cuando tienen una base biológica, son configuradas por otros factores como la educación, los estereotipos, los factores culturales y el propio comportamiento elegido, puesto que hay un margen muy amplio de libertad en el modo en que cada sujeto conduce su sexualidad". En otras palabras, este término se refiere a que cada persona es libre de elegir su sexo, si es hombre o mujer, independientemente de lo que indique la naturaleza. Esto fomenta –como indica la misma Norma Mendoza en "Sexualizando a los niños"– "la deconstrucción de los roles masculino y femenino y el apoyo a la 'normalización' de un amplio rango de comportamientos sexuales". "Un importante manual que es continuamente actualizado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), denominado 'International Statistical Classification of Diseases and Related Health Problems, ICD' ('Clasificación Internacional de Enfermedades y Problemas Conexos de Salud'), utiliza el término 'preferencia sexual' y explica que dentro de estas preferencias, pueden ser consideradas las de 'orientación sexual'", explica Mendoza Alexandry. Y aclara que "en su apartado F65 los 'Desórdenes de Preferencia Sexual' incluyen las parafilias. Algunos ejemplos de parafilias son: el transvestismo fetichista, el exhibicionismo, el voyeurismo, la pedofilia, el sadomasoquismo, múltiples desórdenes de preferencia sexual, etcétera". La "preferencia sexual" va aún más allá de la "orientación sexual" y ambas dejan una puerta abierta a numerosas interpretaciones, puesto que no hay una definición clara sobre ellas en ninguna de las declaraciones que han sido firmadas por México a nivel global. Es un hecho que como personas todos merecemos respeto y tenemos derecho a no ser discriminados. Los crímenes realizados por esta causa o bajo cualquier pretexto son condenables, pues atentan contra el ser humano independientemente de sus conductas privadas; eso no es lo que aquí está a discusión. El problema radica en que, como bien apunta el Comité Jurídico Interamericano (CJI) de la Organización de Estados Americanos (OEA), ya existen "en la región todos los dispositivos y convenios que protegen a las personas de la discriminación e identifica cuáles son". Esta es una realidad que está clara para los miembros del lobby homosexual. Por ejemplo, la "Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre", estipula en su artículo 2: "Todas las personas son iguales ante la Ley y tienen los derechos y deberes consagrados en esta declaración sin distinción de raza, sexo, idioma, credo ni otra alguna". Mientras que la "Convención Americana sobre Derechos Humanos" lo ratifica en su artículo 1: "Los Estados Partes en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social". La insistencia en que la reforma a la Carta Magna incluya el término de "preferencia sexual" simplemente busca ganar terreno en el marco de la estrategia de la "agenda gay", la cual genera peligros en los programas de salud y educación. ¿Por qué? Se trata de una guerra cultural, pues de esta forma se le "da el visto bueno" a una conducta sexual que es un factor de riesgo para la propagación de diversas enfermedades de índole sexual, entre ellas el sida.
Los padres de familia no podrían formar a sus hijos con relación a "temas de índole natural, como la sexualidad, ya que a los niños se les enseñaría de diferente manera en el sistema educativo, de acuerdo a la propuesta reforma constitucional que incluiría la 'preferencia sexual'", concluye Mendoza Alexandy. Por su parte, Sanahuja añade que se crearían pseudo derechos especiales que estarían basados en la "orientación sexual", los cuales entran en directa contradicción con los derechos de los padres de familia a educar a sus hijos y a la libertad de expresión. Y esto por sólo mencionar un par de ejemplos. Pero lo que no debemos olvidar es que le abren la puerta a crímenes como la pedofilia, la cual ya fue legalizada en Bolivia, o incluso fue promovida por el Partido Pedófilo Holandés –ya disuelto– en Holanda. Como indica Juan Carlos Romi, en "La pedofilia; reflexiones sexológicas y médico legales", "la pedofilia se trata de una preferencia sexual por los niños, normalmente de edad prepuberal o de la pubertad temprana. Algunos de los afectados sienten atracción únicamente por las niñas, otros únicamente por los niños y otros están interesados por ambos sexos". ¿Cuál es el propósitos de incluir un término riesgoso en la Constitución Mexicana? ¿Antepondrán los caprichos de un sector de la sociedad que ya está protegido en contra de la discriminación, a costa de vulnerar los derechos de la mayoría? *Con información de Norma Mendoza Alexandry
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martes, 1 de marzo de 2011
Pedofilia, a la vuelta de la esquina
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